Si estás en el proceso de solicitar asilo en Estados Unidos o si ya lo has obtenido, puedes tener derecho a un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Este permiso te permite trabajar legalmente mientras esperas la resolución de tu caso o una vez que se te ha concedido el asilo.
El proceso para obtener este documento está regulado, y en este artículo te explicaremos qué ocurre si tu solicitud de asilo está pendiente, si ya has obtenido el asilo y cómo se gestiona el Formulario I-765, necesario para solicitar el permiso de trabajo. Sin embargo, recuerda que siempre será beneficioso seguir el proceso de la mano de profesionales que brinden asesoría en inmigración en Miami.
¿Qué sucede si tu solicitud de asilo está pendiente?
Si tu solicitud de asilo aún no ha sido resuelta, puedes ser elegible para solicitar un permiso de trabajo después de un período de espera específico. Una vez que presentes tu solicitud de asilo (Formulario I-589), debes esperar 150 días antes de poder solicitar el EAD.
Sin embargo, no es posible presentar esta solicitud inmediatamente después de este período de espera; tendrás que esperar un total de 180 días para que se procese tu elegibilidad.
Es importante tener en cuenta que cualquier retraso provocado por ti en el proceso de asilo, ya sea porque solicitaste una prórroga o fallaste en cumplir con ciertos plazos, no contará para este período de espera.
En otras palabras, los 150 días que te permiten pedir el permiso de trabajo se detendrán en caso de que haya demoras atribuibles a ti. Durante este tiempo, se te recomienda no generar atrasos para evitar que el proceso de obtención del EAD se extienda innecesariamente.
¿Qué sucede si ya te concedieron el asilo?
Si se te concede el asilo en Estados Unidos, puedes trabajar de inmediato. No es necesario solicitar un EAD en este caso, ya que el estatus de asilado te otorga automáticamente el derecho a trabajar.
Sin embargo, si ya tenías un EAD mientras esperabas la resolución de tu caso, puedes seguir utilizándolo como una forma adicional de identificación en tu empleo, aunque no es un documento obligatorio para probar tu elegibilidad laboral.
En el caso de que tu solicitud de asilo sea denegada, tu permiso de trabajo (EAD) seguirá siendo válido hasta su fecha de vencimiento. Sin embargo, si han pasado 60 días desde la negativa y tu EAD ha caducado, no podrás continuar trabajando legalmente a menos que estés en el proceso de apelación.
Si un funcionario de inmigración está revisando tu apelación, puedes seguir utilizando el EAD hasta que venza, lo que te permitirá mantener tu derecho a trabajar mientras se decide tu caso.